El proyecto de ley considera importante incorporar ciertas prohibiciones respecto de personas naturales o jurídicas que pretendan contratar con el Estado.
La remoción del funcionario de exclusiva confianza de la autoridad competente, constituye el ejercicio de una potestad discrecional entregada por la ley a la Administración.
La sanción se motivó en una mera discrepancia de la autoridad en cuanto a la interpretación y aplicación de las normas del reglamento a un caso determinado.
Por lo que compete al servicio empleador, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria, decidir acerca de su otorgamiento y establecer las condiciones respectivas, conforme a reglas de carácter objetivo.
Los plazos para su ejercicio, no pueden quedar circunscritos exclusivamente a los funcionarios públicos regidos por esa preceptiva, sino que deben reconocerse de manera amplia a todo el personal de la Administración.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.