La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.
El máximo tribunal rechazó la casación de Aguas Chañar y validó dos sanciones aplicadas por la Superintendencia de Servicios Sanitarios por la interrupción del suministro en Chañaral.
La Contraloría General de la República detectó deficiencias en la labor de fiscalización que realiza la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) respecto de la calidad del agua potable, tras una auditoría aplicada a tres empresas del sector.
El Senado despachó el proyecto que regula el uso de agua de mar para desalinización, dejándolo en condiciones de convertirse en ley tras su aprobación en tercer trámite.
A propósito de las intensas precipitaciones que han afectado a nuestro país durante este 2026, resulta inevitable recordar ciertos refranes que, pese a su aparente simpleza, encierran una intuición profunda que nuestras políticas públicas parecen haber olvidado. “Agua que no has de beber, déjala correr” no solo orienta conductas personales y sociales; también expresa una regla elemental de orden natural: el agua debe seguir su curso.
El consumo de agua de mar en la gran minería del cobre en Chile seguirá aumentando en la próxima década y se consolidará como la principal fuente hídrica del sector hacia 2034.
El máximo tribunal confirmó que la ley establece de manera objetiva las causales de exención y que la no utilización total del derecho genera el pago correspondiente, aun cuando se invoque fuerza mayor.
El máximo tribunal revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco y concluyó que no hubo ilegalidad ni arbitrariedad municipal al interrumpirse el suministro de agua por camiones aljibe fuera del catastro oficial.
La Tercera Sala ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que descartó ilegalidad o arbitrariedad en la negativa de suministro y en la imposición de multas, remitiendo el conflicto a un juicio de lato conocimiento.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.