En el concreto la demandada acreditó que tuvo una relación de convivencia con el demandante, sirviendo la propiedad de residencia para la demandada y los hijos comunes.
La toma de posesión material constituye una actuación de carácter jurídico y no fáctico, de modo que se verifica a partir de la resolución que la autoriza y no desde que se práctica efectivamente.
El actuar del banco al haber mantenido la información de deuda en su página web infringe el artículo 18, inciso segundo de la Ley N° 19.496, lo cual es ilegal y arbitrario.
La indemnización de perjuicios debe ser completa, entendiéndose como tal aquélla reparación que comprenda el daño directo causado por el hecho ilícito, sea éste inmediato o mediato, única forma de producir la compensación del daño producido.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.