La conducta culposa, está vinculada con el resultado producido, puesto que fue previsible y, por tanto, evitable si se hubiere actuado con la debida prudencia o diligencia.
Concluyó la existencia de la culpa de la empresa demandada, fundada en la ausencia de medidas de seguridad necesarias para el ejercicio de su actividad comercial.
La notificación de la demanda una condición para alegarla, debiendo circunscribirse su efecto al ámbito procesal, pero no como un elemento constitutivo de la interrupción de la prescripción.
El cobro de una multa dispuesta por la autoridad sanitaria mediante un acto administrativo le son aplicables las normas de prescripción del Código Civil.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.