Se alteró el status quo en cuanto ha privado indebidamente a la actora del uso de los dineros existentes en sus cuentas las que además fueron bloqueadas.
La recurrida incurrió en una actuación que resulta contraria a derecho, toda vez que ejerció un acto de autotutela, proscrito por nuestro ordenamiento.
La recurrida intentó hacer justicia atreves de “funa” en redes sociales, lo que no es un medio adecuado para establecer responsabilidades, existiendo vías legales formales.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.