El Ministerio del Medio Ambiente inició el proceso para elaborar una norma de calidad ambiental orientada a la recuperación del lago Vichuquén, en la Región del Maule, afectado por un deterioro sostenido de sus aguas.
Máximo tribunal confirmó que la obligación de saneamiento incluye contaminantes sobrevinientes y aplicó la doctrina de los actos propios para rechazar la impugnación de la empresa.
Se concluyó que a vulnerabilidad del humedal Bucalemu no se vincula con la construcción del molo, sino principalmente con factores naturales, en especial la alteración del régimen hídrico derivada de la sequía sostenida.
El máximo tribunal ratificó que la acción cautelar no es la vía idónea para impugnar la caducidad de una resolución ambiental, existiendo recursos administrativos y reclamación ante tribunales ambientales.
El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) resolvió suspender el plazo de evaluación del proyecto Desaladora de Coquimbo, impulsado por la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas (MOP), luego de discrepancias sobre el tiempo requerido para responder observaciones del proceso ambiental.
El máximo tribunal declaró inadmisible la casación en la forma y rechazó la casación en el fondo interpuestas contra la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia que confirmó una sanción de la Superintendencia del Medio Ambiente por fraccionamiento de proyecto para eludir el SEIA.
El tribunal concluyó que la investigación administrativa de la Dirección General de Aguas descartó infracciones relativas a extracción no autorizada de aguas. Con ello, estimó que no existían actos ilegales o arbitrarios que justificaran la acción cautelar.
La resolución declara como humedal urbano una superficie aproximada de 1.377,2 hectáreas del sistema Rocuant-Andalién, ubicado parcialmente dentro del límite urbano de la comuna de Talcahuano, Región del Biobío.
Dictamen establece que, mientras no entren plenamente en vigor las atribuciones del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, la administración de áreas protegidas del Estado continúa radicada en CONAF para efectos de autorizar usos temporales.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.