La falta de una normativa específica que permita un recurso jerárquico y la autonomía otorgada al Ministerio Público según su estatuto restringen la aplicación de los principios de impugnabilidad y de opción impugnatoria establecidos en la Ley 19.880.
Tratándose de un recurso de derecho estricto, éste debe ser deducido en forma categórica y precisa, estando fuera de lugar peticiones subsidiarias por carecer de la certeza.
La acción de nulidad de público tenía por objeto dejar sin efecto la RCA y la resolución que admitió a trámite la solicitud de EIA, cuya naturaleza jurídica no se trata de una sentencia definitiva.
Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que rechazó la acción de protección deducida en contra de la Municipalidad de Renca.
La negativa de la recurrida a inscribir como hijo de la recurrente al niño adoptado no puede ser calificado como ilegal ni arbitraria, toda vez que se ha limitado a dar cumplimiento al ordenamiento jurídico.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.