La Ley TEA fue promulgada el pasado 02 de marzo y se publicó en el Diario Oficial el 10 de marzo, la cual establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista.
La Superintendencia de Salud, a través de la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, mediante una Circular dictada al efecto, detallará la forma de informar cada uno de los antecedentes indicados.
Los reglamentos y normas técnicas señaladas en la presente ley deberán dictarse en el plazo máximo de dieciocho meses desde su publicación en el Diario Oficial.
La negativa de la Isapre para proporcionar al recurrente la cobertura solicitada, carece de razonabilidad y vulnera las garantías previstas en el artículo 19 n° 2 y 24 de la Carta Política.
El Ministerio de Salud promoverá la implementación de acciones de promoción y capacitación, sobre el diagnóstico, pronóstico y alternativas terapéuticas de la fibromialgia y dolores crónicos no oncológicos.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.