Los apremios personales decretados devienen en desproporcionados, pues debe atenderse a las dañosas consecuencias que el cumplimiento de las órdenes de arresto impugnadas puede tener para la salud del ejecutado.
Se rechazó recurso de nulidad, no estamos en presencia de un error de derecho, ya que los jueces, optaron por una interpretación plausible para parte de la doctrina, y la Corte.
Con ello se permitirá subsanar el error y que también puedan concursar quienes no han tenido conocimiento del certamen y, por ende, la posibilidad de participar en aquel.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.