No se aprecian las irregularidades o vulneraciones denunciadas, por lo que no existe mérito suficiente para modificar lo resuelto por la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación.
La obligatoriedad del informe previo de la Compin fue que un organismo técnico determinara si la salud resulta o no recuperable, lo cual resulta vinculante para el servicio.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.