Si bien existía una orden judicial, lo cierto es que aquella no fue cumplida en la forma dispuesta, esto es, haciendo entrega del inmueble al actor, por Receptor Judicial.
Existe el deber del Estado resguardar y equilibrar la concurrencia de los diversos derechos de las personas, por tanto, la divulgación hecha en el cuaderno tantas veces mencionado, se ajusta a la legislación nacional y especialmente la referida a la educación.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.