Corte de Apelaciones de Santiago condena a Cencosud a indemnizar con $10 millones por agresión de guardias en supermercado

jurisprudencia

Categoría: jurisprudencia

Comparte:

El afectado narró un hecho cruel y humillante del cual puede sin lugar a dudas desprender un daño psicológico constitutivo de daño moral.

El 04 de septiembre, la Corte de Apelaciones de Santiago, en causa rol N° 2250-23, revocó la sentencia dictada por el 10° Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, acogió la demanda sólo en cuanto condenó a la demandada a pagar al actor la suma de $10.000.000 por concepto de daño moral, monto que deberá reajustarse desde que la sentencia quede ejecutoriada, con intereses corrientes desde que el deudor incurra en mora.

En primera instancia, el demandante interpuso una acción de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual en contra de Cencosud Retail S.A., a raíz de una agresión sufrida en el supermercado Santa Isabel, de propiedad de la demandada. Allí, dos guardias de seguridad lo arrojaron al suelo y lo golpearon con pies, puños y un objeto contundente similar a un bastón, ocasionándole una fractura en su pierna izquierda que le impidió incorporarse.

Como consecuencia, el actor resultó policontuso, con lesiones en cabeza y rostro, erosiones y moretones en diversas partes del cuerpo, además de la fractura de tibia izquierda. Dichas lesiones fueron calificadas como graves por el Servicio Médico Legal, requiriendo seis meses de recuperación, un mes y medio de kinesiología, reposo absoluto y la extensión de cuatro licencias médicas consecutivas. En total, permaneció siete meses incapacitado para desplazarse normalmente y realizar actividades autónomas.

El tribunal de primera instancia acogió parcialmente la demanda, declarando la responsabilidad civil extracontractual de la empresa por el actuar de sus guardias de seguridad en el supermercado ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1477, al haber ocasionado lesiones graves al demandante.

Dicha decisión fue impugnada tanto por la demandante como por la demandada. La Corte de Apelaciones acogió el recurso del demandante, considerando la magnitud de la agresión, acreditada con las imágenes incorporadas a la carpeta investigativa del Ministerio Público, las fotografías de las lesiones y las radiografías que evidencian la fractura, la cual debió ser corregida mediante cirugía de urgencia. Estos antecedentes revelan que el actor fue objeto de una violenta golpiza que, además de las secuelas físicas, produjo un detrimento psicológico suficiente para configurar un daño moral.

Asimismo, se tuvo en cuenta el carácter humillante del hecho, acreditado con el relato del actor ante el Ministerio Público y Carabineros, en el que señaló que, mientras era agredido, pidió reiteradamente a sus atacantes que dejaran de golpearlo, lo que solo cesó tras la intervención de personal del supermercado. Dichas circunstancias permiten concluir que la víctima sufrió un hecho cruel y degradante que le generó un daño psicológico indemnizable como daño moral.

Corte de Apelaciones Santiago rol 2250-23

También te puede interesar

opinión

noticias