El propósito es que los recursos hídricos se destinen en forma prioritaria para el cumplimiento de la función de subsistencia, esto es consumo humano y riego.
La acción de protección no constituye una instancia de declaración de derechos, sino de protección de aquellos preexistentes e indubitados, que se encuentren afectados.
Corte suprema señaló quela autoridad administrativa, al resolver un recurso de reconsideración, debe limitarse a decidir sobre los argumentos entregados por el recurrente.
Se permite reutilizar las aguas provenientes de las duchas, lavamanos, lavaplatos, máquinas lavavajillas y lavadoras de ropa para el regadío de algunos cultivos agrícolas.
El reglamento establece que la Dirección General de Aguas deberá disponer de una plataforma informática que facilite a los Coordinados el envío y la actualización de toda la información requerida en tiempo y forma.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.