Corte Suprema señaló que el ministerio al conocer del error ocurrido en SAE no solucionó el problema trasgrediendo los principios de celeridad, conclusivo y de economía procedimental.
El actuar del Colegio pretendió asegurar el cumplimiento y realización del proyecto de la comunidad, buscando resguardar la integridad psíquica y física de los demás alumnos y docentes.
No es procedente emplear esta vía para la solución del conflicto sub lite, puesto que las materias en que se basa el libelo exceden el ámbito de este recurso.
El aporte será transmisible por causa de muerte si el o la profesional de la educación fallece entre la fecha en que presente la totalidad de los antecedentes y antes de percibirlo íntegramente.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.