Las partes no pueden establecer límites o requisitos al ejercicio del derecho a compensar horas extras por días de feriado, adicionales a los dispuestos por el legislador.
Sin perjuicio que el empleador tenga el deber de dar lugar a lo dispuesto en el artículo 184 del Código del Trabajo, en cuanto a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.
El padre, madre, progenitor o persona que tenga a cargo su cuidado se encuentra facultado, por el solo ministerio de la ley, para ausentarse de sus labores por el tiempo durante el cual se enfrente una situación de emergencia.
Sin perjuicio que las autoridades de los organismos públicos, en uso de sus atribuciones, fijen, respecto de su personal, tiempos de tolerancia que podrían consistir en bandas horarias como la analizada.
La Corte sostuvo que dicha asignación es de carácter transitorio, discrecional y no constituye parte de la remuneración, por lo que su no otorgamiento no vulnera garantías constitucionales.
La resolución no fundamentó, ni explicó las razones por las cuales el estado de salud de la funcionaria es incompatible con las tareas a las que está asignada.
La doctora en Derecho de la Universidad de Salamanca y de la Universidad Diego Portales, y académica de la PUCV, Karla Varas —en conversación con Actualidad Jurídica: El Blog de DOE—, analizó las fortalezas y limitaciones de la Ley Karin frente al Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), destacando los desafíos institucionales, culturales y conceptuales para su implementación efectiva en la prevención del acoso laboral y sexual en Chile.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.